jueves, 4 de abril de 2013

Reglamento de Junta Monetaria rebajará interés a tarjetas de crédito

La Junta Monetaria (JM) dio a conocer el reglamento que regirá las operaciones de tarjeta de crédito, mecanismo que obligará a una reducción en el costo del financiamiento vía dinero plástico.El reglamento, aprobado el 7 de febrero pasado, fue publicado íntegro en la prensa nacional y en la página web del Banco Central, para conocimiento de los sectores económico y financiero, así como del  público en general. Con la nueva reglamentación, la Junta Monetaria busca contribuir a una inclusión financiera más equilibrada y justa, por el alto nivel de transparencia que deberán mostrar las  entidades emisoras  ante sus tarjetahabientes y por las ventajas que en términos de reducción de costos se generarán a favor de los mismos.

El Reglamento aprobado establece, entre otros aspectos, la tasa promedio ponderado de los préstamos al consumo como tasa de referencia  a ser aplicada para el financiamiento de los consumos vía tarjetas de crédito, lo cual contribuirá  a inducir a una  baja significativa de las tasas de interés que hasta ahora cobra el sector financiero por dicho servicio.

Actualmente, la tasa promedio ponderado para los préstamos al consumo es de un 23%, mientras que la aplicada por los intermediarios financieros al financiamiento vía tarjeta es de hasta 8% mensual, que representa un 96% anual.

El reglamento también prohíbe taxativamente a las entidades emisoras cobrar a los tarjetahabientes intereses sobre intereses, y reitera que el cálculo de dichos intereses debe ser sobre el saldo insoluto. Había queja de que se calculaba sobre saldo absoluto, es decir, sobre el monto global, sin rebajarle los abonos.

La disposición y los dos aspectos anteriores, deberá contribuir a una  reducción sustancial de las cuotas a pagar por los tarjetahabientes. La JM dispuso, asimismo, la incorporación de un formato único estandarizado para los estados de cuenta de los tarjetahabientes, lo que significa que los mismos podrán visualizar por primera vez en su Estado la tasa efectiva que se aplica a su financiamiento y el desglose de las diferentes comisiones y cargos preestablecidos,  lo cual además  les permitirá hacer comparaciones en un escenario más competitivo. 

Y obliga que las entidades emisoras de tarjetas de crédito, el Banco Central y la Superintendencia de Bancos, publiquen con la periodicidad establecida en cada caso las tasas de interés aplicables a este servicio financiero, en aras de fomentar la transparencia y competitividad.

La medida obliga a la entidad emisora a notificar al titular de la tarjeta  las modificaciones contractuales, así como el derecho que le asiste a éste de rechazarlas si lo comunica oportunamente, sin tener que asumir que las ha aceptado, en caso de no dar respuesta inmediata sobre las modificaciones.

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