miércoles, 22 de febrero de 2012

EE.UU. quita visas a Crispín, Medina y Medina, Guzmán Fermín y Florentino Florentino

SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El Departamento de Estado de los Estados Unidos despojó de sus visas a cuatro influyentes funcionarios muy cercanos al presidente dominicano Leonel Fernández Reyna, entre los cuales están su guardaespaldas personal Víctor Manuel Crispín Zorrilla; su jefe de ayudantes militares, general Héctor Medina y Medina, y otros dos generales.


La información fue obtenida de manera exclusiva por la cadena de televisión hispana Univisión, que la difundió en la tarde este martes.

Los funcionarios que perdieron sus visas por la decisión del gobierno de Estados Unido son: Víctor Manuel Crispín Zorrilla, guardaespaldas personal del presidente Leonel Fernández, y subdirector del Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), uno de los hombres más cercanos al gobernante dominicano.


SANTO DOMINGO. El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) aprobó un reglamento que busca regular la obtención y preservación de datos e informaciones por parte de los proveedores de servicios de Internet, en aplicación de las disposiciones de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

El Reglamento 086-11 reconoce como principio básico la necesidad de contar con instrumentos jurídicos adecuados que proporcionen un equilibro y que aseguren una labor eficiente por parte de los órganos de investigación del Estado.

Asimismo, la protección de la capacidad de los proveedores de proporcionar sus servicios y el establecimiento de salvaguardas relacionadas a la protección de derechos humanos fundamentales, tales como la libertad de expresión, el respeto a la vida privada, hogar y correspondencia y el derecho a la protección de datos de carácter personal.

Consigna que la pieza regulatoria se constituye en el marco reglamentario que se aplicará en todo el territorio nacional.

Destaca que, adicionalmente, el Reglamento establece un régimen de obligaciones para los proveedores de servicios en lo que respecta al bloqueo de material de abuso infantil en sus respectivas redes y sistemas y cuando así les sea solicitado por parte del Ministerio Público.

"Conforme dicho texto jurídico, los proveedores de servicios tienen la obligación de conservar los datos de tráfico, conexión y acceso, en la medida en que son generados por los usuarios de sus servicios, por un período de tiempo que no será inferior a noventa días, ni superior a dos años, a partir de la fecha de su generación y conservación".

Los datos se conservarán con el fin de que puedan ser utilizados por los órganos de investigación correspondientes en la solución de crímenes y delitos de alta tecnología.

Indotel señala que en el Reglamento se incluyen una serie de obligaciones a cargo de los propietarios de los centros de acceso público (como los cibercafés) y puntos de acceso público (Wifi HotSpots)".

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