sábado, 25 de mayo de 2013

Fiscal archiva definitivamente querella contra Leonel Fernández


La Fiscalía del Distrito Nacional archivó de manera definitiva la querella interpuesta por Guillermo Moreno contra el expresidente  Leonel Fernández y la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglode).Yeni Berenice Reynoso basó su decisión en el artículo 281.6 del Código Procesal Penal, el cual establece que el Ministerio Público puede ordenar el archivo cuando “Es manifiesto que el hecho no constituye una infracción penal”.

“La falta de tipificación de las acciones impide que el Ministerio Público pueda actuar, más aun hace de las diligencias de investigación propuestas por el querellante un proyecto de caso fracasado ya que estando la Fiscalía convencida, en base a los criterios jurídicos expresados, que por la deficiencia del sistema legislativo dominicano, en lo que respecta al tema en cuestión, no es posible imputar determinadas conductas”, dice mediante un comunicado.

Fernández y Funglode fueron acusados por el presidente de Alianza País (AP)de prevaricación, perjurio y lavado de activos en enero de este año.

Agrega que “embarcarse en una investigación en  esas circunstancias es violatorio a los principios de razonabilidad y lógica jurídica. Mal haría la Fiscalía con iniciar una investigación para probar hechos que en cierto modo han sido admitidos por los querellados, pero que la legislación dominicana no tipifica y en consecuencia no sanciona”.

La Fiscalía del Distrito es de criterio que en un Estado Social, Democrático y de derecho no es posible que se tenga que perseguir la corrupción con un Código Penal que data del 1808.

“Es necesario que el Sistema Judicial sea dotado de una legislación que se corresponda a los tiempos actuales, a los fines de no tener que seguir llamando ¨indelicadeza” a acciones que deben ser sancionadas penalmente, pero que  la Fiscalía en ninguna circunstancia puede inobservar el principio de legalidad y mucho menos usurpar la función de legislador”, precisa el documento.

Moreno tiene un plazo de 3 días hábiles, a partir de la notificación para objetar ante el juez de la instrucción la decisión de la Fiscalía. Previo a dar su veredicto, Reynoso realizó el 5 de abril una vista a la que compareció el querellante, sus abogados y los abogados de los querellados.

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